El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
CAPÍTULO V - REGIMEN ESTATUTARIO
Artículo 53
(Traslado).- Los Fiscales Letrados podrán ser trasladados por resolución fundada, si las necesidades del servicio así lo requieren, a otras jurisdicciones territoriales y a otras materias, conservando su jerarquía, en tanto no se afecten los derechos de su carrera funcional y derechos adquiridos.