Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109, Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
CAPÍTULO V - REGIMEN ESTATUTARIO
(Prerrogativas procesales).- Los fiscales no tienen el deber de comparecer personalmente a declarar como testigos, pudiendo brindar su declaración en la forma prevista en las normas procesales vigentes.