CREACION DE LA COMISION DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO Y EL CRIMEN
ORGANIZADO TRANSFRONTERIZO. MODIFICACIONES AL DECRETO LEY 14.294 SOBRE ESTUPEFACIENTES
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO I - DE LA COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y EL CRIMEN ORGANIZADO TRANSFRONTERIZO Y DEL COMITÉ DE SEGURIDAD PARA LOS PASOS DE FRONTERA
CAPÍTULO I - DE LA COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y EL CRIMEN ORGANIZADO TRANSFRONTERIZO
Artículo 1
Créase la Comisión de Lucha Contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo, la cual funcionará en la órbita de la Presidencia de la República y estará integrada por el Prosecretario de la Presidencia de la República, los Subsecretarios del Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas y Ministerio de Relaciones Exteriores, el Banco Central del Uruguay y la Secretaría Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.