CREACION DE LA COMISION DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO Y EL CRIMEN
ORGANIZADO TRANSFRONTERIZO. MODIFICACIONES AL DECRETO LEY 14.294 SOBRE ESTUPEFACIENTES
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO II - INTERVENCIÓN SOCIAL ANTE PROCESAMIENTOS POR COMERCIALIZACIÓN DE SUSTANCIAS ILÍCITAS
Artículo 8
En los casos en que se produzca el procesamiento con prisión de personas por presuntos delitos previstos en el Decreto-Ley N° 14.294, de 31 de octubre de 1974, el Poder Judicial deberá comunicar la situación al Ministerio de Desarrollo Social y al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay cuando estuvieren siendo afectados derechos de terceros que mantengan vínculos familiares, afectivos o de dependencia económica con los imputados.