PROHIBICION USO DEL PROCEDIMIENTO DE FRACTURA HIDRAULICA (FRACKING) PARA LA EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS NO CONVENCIONALES. CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE EVALUACION CIENTIFICA Y TECNICA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO II - DE LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA
Artículo 3
(Fines).- Durante el período de la prohibición dispuesta en el artículo 1° de la presente ley, dispónese reunir y analizar el conocimiento existente sobre las posibles reservas de hidrocarburos no convencionales en el territorio nacional, sobre el procedimiento de fractura hidráulica (fracking) y perforación horizontal; así como evaluar las posibilidades y consecuencias de la utilización de dicho procedimiento, especialmente en cuanto a lo dispuesto por el artículo 47 de la Constitución de la República.