El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 35/022 de 20/01/2022.
TÍTULO III - DE LOS TRABAJADORES DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Artículo 20
Todos los trabajadores asegurados deberán designar beneficiarios. La aseguradora deberá exigir al tomador que acredite la comunicación fehaciente a los asegurados en orden a designar beneficiarios.