El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 35/022 de 20/01/2022.
TÍTULO IV - DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA IV) DE LA CAPACITACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Artículo 31
Se entenderá por capacitadores a los profesionales y técnicos autorizados por la Dirección Nacional de la Educación Policial, dedicados a la instrucción, formación, capacitación y perfeccionamiento de guardias de seguridad, escolta personal o guardaespaldas.