El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 35/022 de 20/01/2022.
TÍTULO IV - DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA IV) DE LA CAPACITACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Artículo 33
La reglamentación establecerá los contenidos, modalidades y duración de los distintos programas de capacitación a los que refiere este capítulo, así como las exigencias formales para su habilitación, la que será por cinco años, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 11 de la presente ley.