El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 35/022 de 20/01/2022.
TÍTULO VIII - DE LAS TASAS
Artículo 47
El Ministerio del Interior percibirá por sus actuaciones las siguientes tasas:
A) Trámite de permiso de habilitación de empresa: 12.000 UI (doce mil
unidades indexadas).
B) Trámite de renovación de permiso de habilitación de empresa: 6.000 UI
(seis mil unidades indexadas).
C) Trámite de habilitación de funcionario: 500 UI (quinientas unidades
indexadas).
D) Trámite de habilitación de vehículo blindado y/o guía: 1.200 UI (mil
doscientas unidades indexadas).
E) Trámite de inspección y renovación anual de vehículo blindado,
respectivamente: 600 UI (seiscientas unidades indexadas).
F) Trámite de peritajes de elementos de seguridad: 4.500 UI (cuatro mil
quinientas unidades indexadas).
G) Trámite de homologación de elementos de seguridad que no requieran
peritaje previo: 500 UI (quinientas unidades indexadas).
H) Trámite de habilitación de sistemas de seguridad de locales: 9.000 UI
(nueve mil unidades indexadas).
I) Trámite de Inspecciones a locales: 4.500 UI (cuatro mil quinientas
unidades indexadas).
J) Trámite de renovación de habilitación de sistemas de seguridad: 4.500
UI (cuatro mil quinientas unidades indexadas).