MODIFICACION DEL CAPITULO XI DE LA LEY 17.823, CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA




Promulgación: 19/04/2019
Publicación: 03/06/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 7

   (Estructura).- El Sistema Integral de Protección a la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia estará formado por un Comité Nacional y Comités de Recepción Local.

A) COMITÉ NACIONAL. El Sistema contará con un Comité Nacional integrado
   por un representante titular y uno alterno de cada una de las
   instituciones que lo conforman, el que será presidido por INAU. Tendrá
   como cometido promover el intercambio y la discusión conceptual
   relacionada con el abordaje de la problemática de la violencia contra
   niños, niñas y adolescentes, para avanzar en el diseño de programas de
   prevención y atención a la temática. Dicho Comité se reunirá
   ordinariamente en forma mensual y extraordinariamente las veces que lo
   considere oportuno, a partir de situaciones específicas o a
   convocatoria de la coordinación.

B) COMITÉS DE RECEPCIÓN LOCAL. En cada Departamento se conformarán
   Comités de Recepción Local, equipos de atención integrados por cada
   una de las instituciones que integran el Sistema Integral de
   Protección a la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia
   (SIPIAV). Tendrán como cometido recepcionar, orientar y coordinar la
   atención de situaciones de violencia a niñas, niños y adolescentes de
   forma intersectorial en el marco de la protección integral desde la
   perspectiva de derechos y de género.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9 (vigencia).
Referencias al artículo
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