APROBACION DE LA LEY CONTRA EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y APLICACION DE SANCIONES FINANCIERAS CONTRA LAS PERSONAS Y ENTIDADES VINCULADAS AL TERRORISMO, SU FINANCIAMIENTO Y LA PROLIFERACION DE ARMAS DE DESTRUCCION MASIVA
LEY CONTRA EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y APLICACIÓN DE SANCIONES
FINANCIERAS CONTRA LAS PERSONAS Y ENTIDADES VINCULADAS AL TERRORISMO, SU
FINANCIAMIENTO Y LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA CAPÍTULO II - ESTRUCTURA Y COORDINACIÓN
Artículo 2
(Estructura y autoridad coordinadora).- Agrégase a los cometidos de la Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, creada por la Ley N° 19.574, de 20 de diciembre de 2017, la implementación de lo establecido en la presente ley, de acuerdo a lo que el Poder Ejecutivo establezca por vía reglamentaria.
Dicha Comisión será la autoridad coordinadora en materia de lucha contra el terrorismo y deberá informar anualmente a la Asamblea General de las actuaciones cumplidas.