MODIFICACION DE LA LEY ORGANICA DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 26/07/2019
Publicación: 05/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

TÍTULO IV - ESTATUTO DEL PERSONAL MILITAR

CAPÍTULO VII - RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 129

   (Concepto de falta).- La falta susceptible de sanción disciplinaria es todo acto u omisión del militar, intencional o culposo, que viole los deberes funcionales. A tales efectos se consideran deberes funcionales las obligaciones y la observancia de las prohibiciones e incompatibilidades del personal militar establecidas por una regla de derecho. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 151/024 de 30/05/2024.
Ver en esta norma, artículos: 149, 158 y 166.
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