TÍTULO IV - ESTATUTO DEL PERSONAL MILITAR
CAPÍTULO VII - RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 138
(Privación de cargo o destino).- La privación de cargo o destino consiste en la cesación definitiva del militar en la función que desempeña, correspondiendo la asignación de un nuevo cargo o destino. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 151/024 de 30/05/2024.
Ver en esta norma, artículos:149 y 166.