TÍTULO IV - ESTATUTO DEL PERSONAL MILITAR
CAPÍTULO VII - RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 139
(Privación de grado).- La privación de grado consiste en separarlo de la jerarquía que tiene en la Fuerza, pasando a revistar en el grado inmediato inferior y en una Unidad Militar distinta a la cual pertenezca. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 151/024 de 30/05/2024.
Ver en esta norma, artículos:149 y 166.