El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 8
(Obligaciones del ejercicio profesional).- Los profesionales del Trabajo Social estarán especialmente obligados a:
A) Ejercer la profesión de conformidad con las normas establecidas en el
orden jurídico nacional e internacional.
B) Realizar su trabajo en el marco del respeto y promoción de los
derechos humanos de las personas, grupos y otros con los que se
relaciona profesionalmente.
C) Desempeñar la profesión con compromiso, competencia y actualización
profesional.
D) Exigir y asegurar la inviolabilidad de los archivos, documentos e
informaciones relacionadas con el ejercicio de la profesión,
manteniendo la confidencialidad de los mismos y resguardando el
secreto profesional.
E) Sostener una perspectiva rigurosa y crítica respecto de los
presupuestos, finalidades, condiciones de producción, desarrollo del
conocimiento profesional y científico y sus consecuencias en
intervenciones y opciones prácticas así como de sus implicancias
ético-políticas.
F) Devolver a los sujetos de intervención profesional las informaciones
recabadas y procesadas en estudios e investigaciones que les implican,
a fin de acrecentar su poder de disposición y utilización sobre
procesos sociales que les involucran.
G) Reconocer la vulnerabilidad y dependencia de los sujetos,
particularmente aquellos en condición o situación de mayor
desprotección, discapacidad, exclusión o desposesión, respetando,
defendiendo y promoviendo su dignidad y derechos.
H) Diferenciar la práctica profesional de toda forma de militancia,
denunciando la utilización de programas sociales con fines
proselitistas (políticos, religiosos u otros).
I) Evitar la utilización de conceptos y categorías que tiendan a la
estigmatización de los sujetos de acción profesional, agotando las
instancias de investigación diagnóstica antes de plasmarlas en
informes o documentos.
J) Mantener el secreto profesional con sujeción a lo establecido por la
legislación vigente en la materia.