(Otra normativa aplicable).- Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente ley y su reglamentación, la instalación y realización de actividades en los parques industriales y parques científico-tecnológicos estarán sujetas al régimen general y particular que las leyes nacionales y sus reglamentos establezcan para dichas actividades, así como las normativas departamentales en lo que corresponda.