ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL




Promulgación: 18/09/2019
Publicación: 25/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.

Artículo 26-BIS-A

 Los vehículos ambulancias, debidamente empadronados, que en el estricto cumplimiento del servicio de traslado de pacientes excedan los límites de velocidad establecidos en la normativa nacional y departamental a fin de cumplir con tratamientos médicos inherentes a potencial riesgo de vida, no serán pasibles de la aplicación de multas de tránsito.

   El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 2.
Agregado/s por: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 601.
Reglamentado por:
      Decreto Nº 181/025 de 02/09/2025,
      Decreto Nº 176/024 de 20/06/2024.
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