GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS CAPÍTULO III - PLANIFICACIÓN EN MATERIA DE GESTIÓN DE RESIDUOS
Artículo 18
(Información sobre planes de gestión).- Los planes de gestión de residuos tienen carácter público. Se les dará amplia difusión, indicando claramente el rol de la población en los mismos.
Los planes de gestión de residuos y las resoluciones que los aprueben deben ser publicados en el Diario Oficial y en los sitios web oficiales, junto con los indicadores de gestión correspondientes.