LEY GENERAL DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. DEROGACION DE LA LEY 10.084 RELATIVA AL APENDICE DEL CODIGO CIVIL




Promulgación: 27/11/2020
Publicación: 16/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO VI - PERSONAS JURÍDICAS

Artículo 33

   (Ley aplicable).- Las personas jurídicas de derecho privado se rigen por la ley del lugar de su constitución en cuanto a su existencia, naturaleza, capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, funcionamiento, representación, disolución y liquidación.

   Se entiende por ley del lugar de constitución la del Estado donde se cumplan los requisitos de forma y fondo requeridos para la creación de tales personas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 63 (vigencia).
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