REGULACION DE POLITICAS ACTIVAS DE EMPLEO DIRIGIDAS A FAVORECER EL ACCESO A UNA ACTIVIDAD LABORAL REMUNERADA, DE LOS JOVENES ENTRE 15 Y 29 AÑOS, TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CAPITULO TERCERO. CONDICIONES GENERALES PARA ACCEDER A LOS PROGRAMAS DE PROMOCION DEL EMPLEO
Artículo 16
(Mecanismo de autorización y fiscalización).- El Poder Ejecutivo reglamentará el mecanismo de autorización y fiscalización de las modalidades contractuales previstas en la presente ley.