APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2020




Promulgación: 03/11/2021
Publicación: 09/11/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VI - OTROS INCISOS
INCISO 21 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES

Artículo 310

   Autorízase al Instituto Nacional de Colonización a utilizar un monto de UI 225.000.000 (doscientos veinticinco millones de unidades indexadas) a los efectos de subsidiar los intereses de préstamos de proyectos que presenten los colonos ante entidades de financiamiento, que tengan por objetivo la promoción productiva y resulten aprobados por los servicios técnicos del Instituto Nacional de Colonización o de la Institución Plan Agropecuario.

   Autorízase al Instituto Nacional de Colonización a garantizar los créditos solicitados por los colonos ante las entidades de financiamiento cuando estas así lo requieran.

   El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 298/022 de 15/09/2022.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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