SECCIÓN I - DISPOSICIONES GENERALES
Declárase por vía interpretativa que lo dispuesto en el inciso décimo del artículo 4° de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, no es aplicable a las dotaciones a que refiere el artículo 154 de la Constitución de la República.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).