ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DE LAS CINCO DECADAS DEL LLAMADO "MILAGRO DE LOS ANDES"




Promulgación: 18/08/2022
Publicación: 24/08/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   Facúltase al Banco Central del Uruguay a vender al exterior las monedas cuya acuñación se autoriza por la presente ley, a disponer su desmonetización así como a la enajenación de las piezas desmonetizadas.
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