SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 100
Exceptúase a la unidad ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas" de la aplicación del inciso cuarto del artículo 8° de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, autorizando la extensión de los contratos laborales del personal que se encuentra, al 1° de junio de 2022, cumpliendo funciones en la Dirección de Arquitectura e Ingeniería Hospitalaria, realizados al amparo del artículo 96 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, por un período máximo de doce meses.
El Ministerio de Defensa Nacional deberá realizar los respectivos llamados a concurso público y abierto para la provisión de contrato de función pública al amparo del artículo 7° de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021.
Autorízase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones correspondientes a los efectos de financiar las contrataciones previstas en el presente artículo.