SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 101
Increméntase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", unidad ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas", programa 440 "Atención Integral de la Salud" en el Grupo 0 "Retribuciones Personales", Financiación 1.1 "Rentas Generales", en $ 78.347.447 (setenta y ocho millones trescientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales.
El destino de la partida será incrementar la compensación para los profesionales médicos, odontólogos, químicos, nurses y técnicos de la salud, establecida en el artículo 103 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008 y la creación de una compensación para los profesionales de la salud pertenecientes a la citada unidad ejecutora, que cumplan funciones bajo el régimen de trabajo de alta dedicación, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
El funcionario accederá al régimen de alta dedicación por concurso y percibirá la compensación que se crea, durante el desempeño de sus funciones. La retribución del funcionario que perciba la compensación que se crea en este artículo, queda exceptuada de la limitación establecida en el artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983.
La asignación antes referida se financiará de la siguiente manera:
A) Con la reasignación de los siguientes objetos del gasto de la
Financiación 1.1 "Rentas Generales", de la unidad ejecutora 033
"Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas":
Objeto del gasto
Denominación
Importe $
042.514
Compensación especial mayor responsabilidad
8.339.674
059.000
Aguinaldo
694.973
081.000
Aporte patronal Sistema Seguridad Social sobre retribuciones
1.761.756
082.000
Aporte patronal Sistema Seguridad Social sobre retribuciones
90.346
Total Pesos Uruguayos
10.886.749
B) La supresión de 29 (veintinueve) cargos de Coronel de la unidad
ejecutora 004 "Comando General del Ejército" y 2 (dos) cargos de
Coronel de la unidad ejecutora 023 "Comando General de la Fuerza
Aérea" por un total de $ 39.126.350 (treinta y nueve millones ciento
veintiséis mil trescientos cincuenta pesos uruguayos).
C) La reasignación de partidas del grupo 0 "Servicios Personales", con
cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", dentro de los cuales
se podrán considerar los objetos del gasto 095.005 "Fondo para
financiar funciones transitorias y de conducción" y 095.002 "Fondos
para contratos temporales derecho público y provisoriatos", hasta
alcanzar una reducción de $ 28.334.348 (veintiocho millones
trescientos treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y ocho pesos
uruguayos).
El Inciso comunicará, antes del 31 de marzo de 2023, los créditos presupuestales que se reasignan de acuerdo a lo dispuesto en el inciso precedente.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 172/023 de 13/06/2023.
Ver en esta norma, artículo:5 (vigencia).