SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 112
No será preceptivo el pronunciamiento de la Comisión Nacional del Servicio Civil previsto en el literal C) del artículo 7° de la Ley N° 15.757, de 15 de julio de 1985, en los sumarios administrativos por ineptitud física o síquica a funcionarios del Inciso 04 "Ministerio del Interior", pertenecientes al escalafón L "Personal Policial".