SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 129
Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", en las unidades ejecutoras 024 "Dirección Nacional de Bomberos" y 002 "Dirección Nacional de Migración", en el escalafón L "Personal Policial", ochenta y ocho cargos de agente, a efectos del cumplimiento de los cometidos del Inciso en el marco del Sistema Nacional de Aeropuertos Internacionales para el Uruguay, creado por la Ley N° 19.925, de 18 de diciembre de 2020, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", de acuerdo al siguiente detalle: