CREACION DE REGISTRO DE PERSONERIA JURIDICA DE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES




Promulgación: 21/04/2023
Publicación: 03/05/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 8

   (Transitoriedad y vigencia).- Se prevé un plazo de ciento ochenta días desde la promulgación de la presente ley, para que las organizaciones profesionales puedan obtener la personería jurídica aquí regulada a los efectos correspondientes.
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