El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 162/023 de 07/06/2023.
Artículo 3
(Postulación).- Para postularse y ser beneficiario del presente Programa en las Etapas correspondientes a las Fases Cuatro y Cinco, es imprescindible la inscripción en el Registro Nacional a que hace referencia el artículo 2° de la Ley N° 19.952, de 20 de mayo de 2021.
Dichas inscripciones son obligatorias para todas las personas, en cada Fase y Etapa, incluso aquellos que se hubieran registrado en la Fase original del Programa, hayan o no sido beneficiarios del referido Programa.
En cada una de las Etapas de las Fases Cuatro y Cinco, se realizará un sorteo en el que participarán todos los postulantes.