AUTORIZACION DEL AUMENTO DEL CAPITAL ACCIONARIO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY EN EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO Y LA CORPORACION FINANCIERA INTERNACIONAL




Promulgación: 23/06/2023
Publicación: 04/07/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Autorízase el aumento del capital accionario de la República Oriental del Uruguay en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento por un valor nominal de US$ 40.895.265 (dólares estadounidenses cuarenta millones ochocientos noventa y cinco mil doscientos sesenta y cinco).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - NICOLÁS ALBERTONI
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