REGULACION DE LA NORMATIVA SOBRE DONACION DE ALIMENTOS




Promulgación: 21/07/2023
Publicación: 04/08/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Una vez entregados los alimentos donados en las condiciones exigidas en la presente ley, los donantes y los sujetos intermediarios quedarán eximidos de responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran producirse por su participación, salvo que se tratare de hechos u omisiones que devengaran en responsabilidad penal.
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