AUTORIZACION AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A ESTABLECER REGIMENES ESPECIALES DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO




Promulgación: 11/08/2023
Publicación: 23/08/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a establecer, por razones de interés general y hasta el 31 de diciembre de 2024, como máximo, regímenes especiales de subsidio por desempleo por despido, suspensión total y por reducción de tareas, jornales o ingresos en los términos previstos en las resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social N° 143/020, de 18 de marzo de 2020; N° 163/020, de 20 de marzo de 2020; N° 233/1/020, de 3 de abril de 2020, y N° 1024/020, de 21 de julio de 2020, para los trabajadores de las actividades o empresas comprendidas en lo establecido en el artículo 2° de la presente ley.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.

   LACALLE POU LUIS - PABLO MIERES - AZUCENA ARBELECHE
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