MODIFICACION DEL ART. 110 DEL TITULO 3 DEL TEXTO ORDENADO 1996, RELATIVO A LAS EXONERACIONES A LAS EMPRESAS PERIODISTICAS, DE RADIODIFUSION Y TELEVISION




Promulgación: 29/12/2023
Publicación: 11/01/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 
artículo 110 - Título 3.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Las referencias realizadas al Texto Ordenado 1996 efectuadas en la presente ley se consideran realizadas a las leyes que les dieron origen.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Artículo 3

   Lo dispuesto en la presente ley entrará a regir a partir del primer día del mes siguiente al de su promulgación.

   LACALLE POU LUIS - NICOLÁS MARTINELLI - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - ELISA FACIO - MARIO ARIZTI - KARINA RANDO - FERNANDO MATTOS - TABARÉ VIERA - RAÚL LOZANO - MARTÍN LEMA - ROBERT BOUVIER
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