ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS POR LOS "CIEN AÑOS DE LA PRIMER MEDALLA DE ORO OLIMPICO PARA LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY"




Promulgación: 25/05/2024
Publicación: 03/06/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas los "Cien años de la primer medalla de oro olímpico para la República Oriental del Uruguay", hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.

   BEATRIZ ARGIMÓN - AZUCENA ARBELECHE
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