REGULACION DE LOS ADEUDOS DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS




Promulgación: 13/09/2024
Publicación: 23/09/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 6

   Autorízase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios a otorgar una quita de hasta el 50% (cincuenta por ciento) de las multas y recargos de las deudas por concepto de gravámenes previstos en el artículo 71 de la Ley N° 17.738, de 7 de enero de 2004, calculadas por el régimen del Código Tributario, a aquellos deudores que las cancelen en su totalidad al contado en un plazo máximo de ciento ochenta días a partir de la vigencia de la presente ley.

   Autorízase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios a otorgar una quita de hasta el 25% (veinticinco por ciento) de las multas y recargos de las deudas por concepto de gravámenes previstos en el artículo 71 de la Ley N° 17.738, calculadas por el régimen del Código Tributario, a aquellos deudores que las cancelen en su totalidad, pudiendo convenir hasta en seis cuotas la deuda.
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