El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CREACIÓN Y COMETIDOS TÍTULO I - NATURALEZA JURÍDICA, RELACIÓN CON EL PODER EJECUTIVO Y OBJETIVOS
Artículo 1
(Naturaleza jurídica).- Créase la Administración Nacional de Bomberos Voluntarios como persona jurídica pública no estatal, que se domiciliará en el departamento de Montevideo y podrá establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional. Su régimen de funcionamiento será el de la actividad privada, especialmente en cuanto al régimen de contabilidad, estatuto laboral, régimen contractual y demás disposiciones.
LACALLE POU LUIS - NICOLÁS MARTINELLI - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE - ARMANDO CASTAINGDEBAT - PABLO DA SILVEIRA - JOSÉ LUIS FALERO - ELISA FACIO; MARIO ARIZTI - JOSÉ SATDJIAN - JUAN BUFFA - EDUARDO SANGUINETTI - RAÚL LOZANO - ALEJANDRO SCIARRA - ROBERT BOUVIER