CREACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS




Promulgación: 20/09/2024
Publicación: 07/10/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CREACIÓN Y COMETIDOS
TÍTULO II - ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO I - ÓRGANOS

Artículo 16

   (Órganos).- Los órganos de la Administración Nacional de Bomberos Voluntarios serán la Asamblea Nacional de Bomberos Voluntarios; el Consejo Nacional de Bomberos Voluntarios; el Directorio; la Gerencia General, y las comisiones que se determinen por la vía reglamentaria.
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