CREACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS




Promulgación: 20/09/2024
Publicación: 07/10/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CREACIÓN Y COMETIDOS
TÍTULO II - ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO IV - DEL CONSEJO NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS

Artículo 19

   (Consejo Nacional de Bomberos Voluntarios).- Es el órgano interno, de carácter honorario y sin fines de lucro, que oficia como nexo de los voluntarios con el Directorio. Su reglamentación deberá de ser estipulada por el mismo y visada por la Asamblea Nacional de Bomberos Voluntarios.
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