El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CREACIÓN Y COMETIDOS TÍTULO IV - RÉGIMEN CONTABLE CAPÍTULO II - RÉGIMEN FINANCIERO
Artículo 54
(Bienes en desuso).- La Administración Nacional de Bomberos Voluntarios podrá pasar a remate o subasta pública los bienes que, por su naturaleza, sean declarados en desuso, se encuentren fuera de norma o sea no aconsejable su utilización para los fines perseguidos.