El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 14
La presente ley no podrá interpretarse de manera que obstaculice de modo alguno la aplicación de las leyes vigentes (Ley N° 18.426, de 1° de diciembre de 2008, Salud Sexual y Reproductiva y Ley N° 18.987, de 22 de octubre de 2012, Interrupción Voluntaria del Embarazo).