Ver: Ley Nº 7.047 de 23/12/1919 (se publica nuevamente la Ley Orgánica del
Gobierno y Administración Local).
SECCION II
De la Asamblea Representativa CAPITULO VI
Artículo 32
Para el caso de que dichas advertencias, hechas hasta por segunda vez, no surtiesen efecto, podrá por sí sola, según la importancia y gravedad del asunto, convocar extraordinariamente a la Asamblea Representativa.