Publicada anteriormente: 15/11/1919
SECCION I Del Gobierno y Administración interior de los Departamentos
Las Asambleas Representativas Departamentales juzgarán de las elecciones de sus miembros y de las de Concejales, pudiéndose apelar de los fallos ante el Senado. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.