LEY ORGANICA DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACION LOCAL. MODIFICACION




Promulgación: 23/12/1919
Publicación: 27/12/1919
Publicada anteriormente: 15/11/1919
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1919
  •    Página: 622

SECCION III 

De los Consejos de Administración
CAPITULO I

Artículo 49

   Ningún Concejal podrá estar presente en la discusión y votación de asuntos en que él o sus parientes, hasta el cuarto grado de consaguinidad o segundo de afinidad, estuvieran interesados. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 50.
Ayuda