Amplíase el inciso 1.º del artículo 4.º de la ley de 28 de Marzo de 1912, en el sentido de que queden comprendidos entre los inmuebles expropiables los necesarios para la construcción de galerías y aperturas de pasajes.
BATLLE Y ORDOÑEZ - R. VECINO - T. VIDAL BELOAyuda