Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 15.005 de 30/04/1980 artículo 4,
Decreto Ley Nº 14.725 de 09/11/1977,
Decreto Ley Nº 14.630 de 09/03/1977 artículo 1.
Atención consultar:Constitución de la República Oriental del Uruguay
vigente (posibles modificaciones y derogaciones tácitas) .
CAPITULO XXV
Del contralor de los partidos SECCION VII
Artículo 182
Los delegados podrán presentar exposiciones, alegatos y protestas por escrito y producir todo género de pruebas, debiendo consignarse en el acta respectiva las exposiciones y protestas, dejándose constancia de la presentación de las pruebas.