Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 15.005 de 30/04/1980 artículo 4,
Decreto Ley Nº 14.725 de 09/11/1977,
Decreto Ley Nº 14.630 de 09/03/1977 artículo 1.
Atención consultar:Constitución de la República Oriental del Uruguay
vigente (posibles modificaciones y derogaciones tácitas) .
CAPITULO XII
De los expedientes de inscripción SECCION IV
De la inscripción
Artículo 95
La credencial comprende con respecto al que se inscribe:
A) Serie y número de orden.
B) Nombre y apellido que contenga el documento presentado.
C) Nombre y apellido usuales, si difirieren de los que contenga el
documento presentado.
Ch) Impresión dígito-pulgar derecha o de otro dedo que se indicará, a
falta de ese.
D) Positivo fotográfico.
E) Individual dactiloscópica.(*)