REGISTRO CIVICO NACIONAL. INSCRIPCIONES




Promulgación: 21/11/1924
Publicación: 24/11/1924
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1924
  •    Página: 760

Artículo 6

   Facúltase a la Corte Electoral para adoptar las medidas que juzgue conveniente a los efectos de la entrega de las credenciales en los casos de pérdida del certificado a que se refiere el artículo 104 de la ley de Registro Cívico Nacional.
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