LEY DE ELECCIONES




Promulgación: 16/01/1925
Publicación: 19/01/1925
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1925
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION VIII
CAPITULO XXI Disposiciones generales

Artículo 199

   Deróganse todas las disposiciones dictadas con anterioridad a la presente ley, que se refieran a las elecciones, con excepción de las relativas al número de diputados por departamentos, escrutinios, adjudicación de puestos y proclamaciones de candidatos.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (DISPOSICIONES TRANSITORIAS).
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