LEY DE ELECCIONES




Promulgación: 16/01/1925
Publicación: 19/01/1925
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1925
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION III
De las votaciones
CAPITULO VII Del funcionamiento de las Comisiones Receptoras de Votos

Artículo 56

   Los miembros titulares que al llegar la hora 7.00 no se hubieran hecho presentes, serán sustuidos inmediatamente por los suplentes ordinales, en el orden que corresponda. De todo ello, así como del nombre y apellido y serie y número de la credencial cívica del custodia se dejará constancia en el acta de instalación. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 17.113 de 09/06/1999 artículo 30.
Redacción dada anteriormente por: Ley Nº 16.017 de 20/01/1989 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos: 57 y 99 Derogada/o.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.017 de 20/01/1989 artículo 1, Ley Nº 7.812 de 16/01/1925 artículo 56.
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