Los gastos a que se refiere el artículo anterior serán atendidos con los siguientes ingresos:
Derechos de Aduana $ 13:950.000 --
Impuestos internos (proyecto de 26 de Febrero de 1924) " 4:600 000 --
Impuesto 5% adicional de Aduana para la Deuda Interna
de Conversión " 1:650.000 --
Contribución Inmobiliaria-Capital (deducido el 1‰) " 2:400 000 --
Idem ídem - Campaña (deducida la parte que corresponde
a los Municipios " 2:400 000 --
Recargos de contribución inmobiliaria 100.000 --
Contribución inmobiliaria por ejercicios anteriores 300.000 --
Patentes de Giro (incluído el 1 1/2 ‰ de Aduanas " 2:050.000 --
Impuesto interno al alcohol " 450.000 --
Idem ídem a la caña " 200.000 --
Idem ídem a los fósforos " 350.000 --
Idem ídem a la cerveza " 300.000 --
Idem ídem a los tabacos, cigarros y cigarrillos " 1:850.000 --
Idem ídem a las perfumerías " 90.000 --
Idem ídem al azúcar " 350.000 --
Idem ídem a los vinos " 150.000 --
Idem ídem a las bebidas alcohólicas " 50.000 --
Idem ídem recaudado por las Receptorías " 5.000 --
Idem ídem a los específicos farmacéuticos " 156.000 --
Idem ídem a los ganados para frigoríficos " 350.000 --
Idem de herencias (40% para la Deuda Interna de
Conversión de 6 1/2 % de 1916) " 700.000 --
Idem de estadística " 330.000 --
Idem de guías " 40.000 --
Idem al carbón mineral " 100.000 --
Patentes de invención y marcas de fábricas " 27.000 --
Papel sellado " 1:100.000 --
Timbres " 800.000 --
Estampillas de matrimonio " 6.000 --
Arancel y patente consular " 800.000 --
Montepío civil y militar " 35.000 --
Timbre por patentes " 60.000 --
Patentes adicionales de 1 y 3 o/o el (50 o/o) " 1:000.000 --
Impuesto de 1 o/o sobre pagos de presupuestos
militares " 95.000 --
Policía Sanitaria Animal " 80.000 --
Impuesto de verificación de pesas y medidas
(reintegro) " 65.000 --
Proventos del Diario Oficial " 105.000 --
Reintegro de poderes " 20.000 --
Proventos de escribanías " 60.000 --
Renta de faros " 200.000 --
Registro de Ventas " 30.000 --
Idem de Embargos " 25.000 --
West India Oil Company y Frigorífico Montevideo
(reintegro) " 11.000 --
Marcas y señales " 30.000 --
Saneamiento de ciudades del interior " 255.000 --
Análisis químicos " 125.000 --
Entradas y reducciones eventuales " 600.000 --
Registro de Locaciones " 9.000 --
Comisión Financiera del Puerto " 65.514 --
Registro de Estado Civil " 14.000 --
Biblioteca Nacional " 3.278 --
Oficina Nacional del Trabajo " 8.000 --
50 o/o del aumento del impuesto a las
traslaciones de dominio " 70.000 --
Comisión por depósitos judiciales " 6.000 --
Proventos del Boletín de Hacienda " 5.000 --
Administración de Bienes del Estado " 6.000 --
Saldo de proventos de diversas oficinas " 20.000 --
Banco de la República:
Importe del servicio del Empréstito Uruguayo
de 1896 " 471.915 --
Servicio del Empréstito de Obras Públicas
de 1909 " 50.000 --
50 o/o de las utilidades líquidas (ley 7 de
Diciembre de 1916) " 1:500.000 --
Banco de Seguros del Estado:
Servicio de su deuda " 163.030 --
Artículo 7.o de esta ley " 10.000 --
Contribución de sus utilidades " 250.000 --
Usinas Eléctricas del Estado:
Servicio de su deuda " 246.362 50
Contribución de sus utilidades " 200.000 --
Banco Hipotecario del Uruguay:
Ley 14 de Noviembre de 1914 " 300.000 --
Asistencia Pública Nacional:
Servicio de su deuda " 140.000 --
Administración Nacional del Puerto:
Servicio de su deuda " 175.000 --
Impuesto a los giros " 165.000 --
Proventos de los campos militares con destino
a la instalación de la Imprenta Militar (por
una sola vez) " 15.000 --
Rentas de instrucción pública:
Impuesto de herencias (leyes de 1893, 1910 y
60 % ley de 1914) " 1:130.000 --
Idem urbano de instrucción pública (Capital) " 220.000 --
Idem rural de ídem íd. " 2.500 --
Idem de extracción de piedra y arena " 135.000 --
Idem adicional a los ganados " 400.000 --
Patentes de perros " 70.000 --
Entradas eventuales " 5.000 --
Superávit del ejercicio 1923-1924 " 127.668 --
Ingresos extrapresupuesto:
Impuesto a las carreras (ley 16 de Enero de 1924) " 25.000 --
Impuesto bancario (ley 27 de Marzo de 1916) " 6.000 --
Proventos de capatacías (deducidos los gastos
de funcionamiento) " 15.000 --
Impuesto puente Santa Lucía " 16.500 --
Oficina de Regulación de Honorarios (reintegro
de su presupuesto) " 6.280 --
Administración del Puerto (contribución
para policía marítima) " 40.000 --
Proventos de la Oficina Dactiloscópica de
la policía de la Capital " 28.000 --
Inspección de Minas o Industrias (proventos
según el artículo 69) " 5.000 --
Ley 6 de Junio de 1924 (1/2 o/o de 1924 sobre
el impuesto de las apuestas de las carreras " 15.000 --
Imprenta Nacional(reintegro del presupuesto
del personal de interventores a que se
refiere el artículo 83 " 5.520 --
Multas por represión del alcoholismo " 10.000 --
Entes autónomos, para pago de
interventores, artículo 80 " 29.640 --
Contribución del 4 o/o por compensación
de servicios y gastos por la recaudación
de impuestos que no ingresen a Rentas
Generales (artículo 79) " 120.000 --
Administración Nacional de Puertos
(presupuesto aduanero artículo 78) " 50.000 --
Nuevos proventos aduaneros (presupuesto
de aduanas) artículo 78 " 377.000 --
_________________
$ 45:182.207 50